¿Qué es un Concejal y un Concejo Municipal, en Chile?

11.07.2025

¿Qué es el Concejo Municipal, en Chile?
Es una entidad de carácter normativo, resolutivo y fiscalizador, encargada de hacer efectiva la participación de la comunidad local y de ejercer las atribuciones que señala la ley 18695 Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades. 

¿Cómo se eligen los concejales?

Por votación directa mediante un sistema de representación proporcional. Cada Concejo Municipal está compuesto por entre seis y 10 concejales, dependiendo del tamaño de la comuna. Duran cuatro años en sus cargos y pueden ser reelegidos.

¿Cuáles son los requisitos para ser concejal?

Para ser elegido concejal se requiere:

  1. Ser ciudadano con derecho a sufragio.
  2. Haber aprobado la enseñanza media o su equivalente.
  3. Tener residencia en la región a que pertenezca la respectiva comuna o agrupación de comunas, según corresponda, a lo menos durante los últimos dos años anteriores a la elección.
  4. Tener su situación militar al día.
  5. No estar afecto a alguna de las inhabilidades que establece la ley.
  6. No tener dependencia de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas ilegales, a menos que justifique su consumo por un tratamiento médico.

Fuente: Ley N° 18.695, artículo 73


¿Cuáles son las principales funciones del Concejo Municipal?
El Concejo debe normar, resolver, y fiscalizar.

Normar: a requerimiento del alcalde, el Concejo debe dar su acuerdo para:

  • Dictar las ordenanzas municipales y el reglamento que establece la organización interna del municipio.
  • Aprobar el plan comunal de desarrollo, el presupuesto municipal y los de salud y educación, los programas de inversión, el plan regulador comunal y las políticas de recursos humanos, prestación de servicios municipales y de concesiones, permisos y licitaciones.

Resolver:  materias en que las leyes exigen acuerdo del concejo.

Fiscalizar:

  • La gestión del alcalde, especialmente para verificar que los actos municipales se hayan ajustado a las políticas, normas y acuerdos adoptados por el concejo.
  • El cumplimiento de los planes y programas de inversión municipal
  • La ejecución del presupuesto.

El concejo, por la mayoría de sus miembros, puede disponer la contratación de una auditoría externa que evalúe la ejecución presupuestaria y el estado de la situación financiera del municipio.

¿Cuáles son las principales atribuciones de los concejales?

  • Elegir al alcalde, en caso de vacancia.
  • Pronunciarse sobre el plan comunal de desarrollo, el presupuesto municipal, aprobar el plan de seguridad pública y varias otras materias.
  • Fiscalizar el cumplimiento de los planes y programas de inversión municipal y la ejecución del presupuesto municipal, analizar el registro público mensual de gastos detallados que lleva la Dirección de Administración y Finanzas.
  • Fiscalizar las actuaciones del alcalde y formularle las observaciones que le merezcan
  • Recomendar al alcalde prioridades en la formulación y ejecución de proyectos específicos y medidas concretas de desarrollo comunal.
  • Solicitar informe a las empresas, corporaciones o fundaciones municipales, y a las entidades que reciban aportes o subvenciones de la municipalidad.
  • Fiscalizar las unidades y servicios municipales.
  • Supervisar el cumplimiento del plan comunal de desarrollo.

Entre otras atribuciones que menciona la Ley de Municipalidades.

¿Cómo funciona el Concejo?
El concejo puede reunirse en sesiones ordinarias y extraordinarias. Las sesiones ordinarias se efectúan a lo menos dos veces al mes, donde puede tratarse cualquier materia que sea de competencia del concejo.
Las sesiones extraordinarias son convocadas por el alcalde o por un tercio, a lo menos, de los concejales en ejercicio. En estas sesiones sólo pueden tratarse aquellas materias indicadas en la convocatoria.
Las sesiones son públicas, a menos que dos tercios de los concejales presentes acuerden que determinadas sesiones sean secretas.

El concejo municipal es regulado principalmente por la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades (LOCM), específicamente en su Título III, que trata sobre el concejo. Esta ley establece las funciones, atribuciones y deberes tanto del concejo en su conjunto como de los concejales individualmente. Además, otras leyes y decretos complementan y detallan aspectos específicos de su funcionamiento, como la Ley 20.742 que perfecciona el rol fiscalizador del concejo y fortalece la transparencia y probidad.  

Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades (LOCM):

  • Título III: Dedicado al concejo municipal, define su composición, funciones, atribuciones y deberes,.
  • Artículo 79: Establece que el concejo tiene funciones de normar, resolver y fiscalizar.
  • Artículo 65 y 92: Señalan materias en las que el alcalde requiere acuerdo del concejo y regulan el reglamento interno del concejo.

Otras leyes y decretos relevantes:

  • Ley 20.742: Perfecciona el rol fiscalizador del concejo, fortalece la transparencia y probidad, y modifica normas sobre personal y finanzas municipales.
  • Ley 19.880: Sobre procedimientos administrativos,  establece normas y principios que rigen el concejo municipal.
  • Decreto Ley 3.063 de Rentas Municipales: Regula el financiamiento de las municipalidades.
  • Ley 18.883 Estatuto Administrativo de los funcionarios Municipales: Define el régimen laboral de los funcionarios municipales.
  • Ley 20.285 sobre Transparencia y acceso a la información pública: Promueve la transparencia en la gestión municipal.
  • Reglamento de Funcionamiento del Concejo: Cada municipalidad debe tener su propio reglamento, que establece procedimientos internos y normas de funcionamiento específicas..  

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